Contabilidad electrónica SAT: qué es y qué archivos enviar
La contabilidad electrónica es la obligación de llevar tus registros contables en sistemas electrónicos y enviar al SAT ciertos archivos XML con tu información financiera. Te explicamos qué se envía, quién está obligado y cuándo.
¿Qué es la contabilidad electrónica?
Es el esquema por el que los contribuyentes registran sus operaciones en medios electrónicos y ponen esa información a disposición del SAT en un formato estándar. No es “mandar tus facturas”: son archivos contables estructurados que el SAT puede leer y cruzar con tus CFDI.
¿Quién está obligado?
En términos generales, las personas morales y las personas físicas con actividad empresarial que rebasan ciertos ingresos. Hay excepciones (por ejemplo, quienes tributan en RESICO tienen facilidades). Conviene confirmar tu caso según tu régimen y nivel de ingresos.
Qué archivos se envían
- Catálogo de cuentas. La estructura de tus cuentas contables con su código agrupador del SAT. Se envía una vez y se actualiza solo cuando cambia.
- Balanza de comprobación. Saldos iniciales, movimientos y saldos finales del periodo. Es el envío mensual recurrente.
- Pólizas e información de folios fiscales (solo a requerimiento). El detalle de tus asientos contables, que el SAT pide cuando hace una revisión o una devolución.
El código agrupador es la clave: cada una de tus cuentas debe mapearse a la cuenta estándar del SAT. Si está mal asignado, la balanza se acepta pero la información cruza mal en una revisión.
¿Cuándo se presenta?
- Catálogo de cuentas: con el primer envío y cada vez que se modifique.
- Balanza mensual: al mes siguiente; las personas morales suelen tener hasta el día 3 y las físicas hasta el día 5 (verifica el calendario vigente).
- Balanza del cierre anual: con un plazo especial a inicios del año siguiente.
El papel de los CFDI
Tu contabilidad debe ser consistente con tus comprobantes: los ingresos con tus CFDI emitidos y los gastos con tus CFDI recibidos. Por eso importa clasificar bien cada factura —y registrar correctamente los complementos de pago de tus ventas a crédito (PPD).
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